Ya es efectiva la normativa europea que prohíbe los recargos en pagos con tarjeta
La normativa, conocida también por sus siglas en inglés (PSD2), es una revisión de la legislación vigente desde 2007 y sus principales objetivos son contribuir a un mercado europeo de pagos “más integrado y eficiente”, mejorar la igualdad de condiciones entre los proveedores de servicios de pago (incluidos los nuevos participantes), proteger a los consumidores e incrementar la seguridad.
“Esta legislación es otro paso hacia el mercado único digital en la UE. Impulsará el desarrollo de pagos innovadores online y con el móvil, que beneficiará a la economía y al crecimiento. Con PSD2 en vigor, prohibiremos los recargos a pagos con tarjetas de débito y crédito”, ha destacado el vicepresidente de la Comisión Europea responsable de la cartera de Servicios Financieros, Valdis Dombrovskis.
En España, sin embargo, la directiva no ha sido traspuesta plenamente aún a la legislación nacional. De hecho, hasta el próximo martes estará abierta la audiencia pública iniciada el pasado 22 de diciembre sobre el anteproyecto de ley.
La normativa europea prohíbe los cargos adicionales en los pagos que se realizan a través de tarjetas de débito y de crédito tanto en comercios tradicionales como en Internet. Esta prohibición afecta al 95% de las tarjetas, según estima la Comisión Europea, y permitirá un ahorro para los consumidores de más de 550 millones de euros al año.
También se modifica la responsabilidad de los consumidores en casos en los que se ha realizado un uso no autorizado de la tarjeta. En concreto, excepto en casos de fraude o negligencia grave, la cantidad máxima que tendrá que pagar el consumidor será de 50 euros, frente a los 150 euros de la actualidad.
De la misma forma, la nueva legislación europea introduce medidas reforzadas de seguridad en el inicio y proceso de pagos electrónicos, que se aplicarán a todos los proveedores de este servicio, incluyendo los nuevos actores en el mercado.
En concreto, los proveedores estarán obligados a aplicar la llamada “autentificación reforzada del cliente” (SCA, por sus siglas en inglés) cuando un pagador inicie una transacción. Este proceso valida la identidad del cliente sobre la base de dos o más elementos de validación, como un número PIN, la huella dactilar o algo que el usuario posea (por ejemplo, una tarjeta).
ACCESO DE TERCEROS A CUENTAS BANCARIAS DE SUS CLIENTES
Otro de los elementos más importantes de la directiva es que regulará el acceso de terceros proveedores (TPP, por sus siglas en inglés) a las cuentas bancarias de sus clientes, aunque siempre con la autorización del titular de la cuenta.
Estos proveedores han surgido en el ámbito de los pagos por Internet durante la última década para ofrecer soluciones o servicios de pago a sus clientes. Se dedica, por ejemplo, a recolectar y consolidar información de diferentes cuentas bancarias de un mismo titular en un único lugar. Otros facilitan el uso de la banca online para realizar pagos por Internet.
El objetivo de la nueva directiva con respecto a estos nuevos proveedores es eliminar las barreras que impedía su entrada en el mercado para incrementar la competencia. No obstante, los TPP tendrán que ceñirse a las mismas normas que regulan los servicios tradicionales de pago en términos de registro, licencia y supervisión.
Fuente:Cepymenews