¿Qué beneficios fiscales tienen las startups con la nueva ley?
Los principales beneficios fiscales de la nueva Ley de startups son los siguientes:
–Deducciones IRPF: se ha incrementado de 60.000 a 100.000 euros la cantidad máxima anual de deducción y el porcentaje de deducción se eleva del 30% al 50%, lo que beneficia tanto a los socios fundadores de las startups, como a los inversores privados y a la apuesta por el capital extranjero. No obstante, para beneficiarse de esta reducción es requisito que los fondos de la empresa no superen los 400.000€ en el inicio del periodo impositivo en el que el contribuyente adquiere las acciones o participaciones.
–Reducción del tipo impositivo en el Impuesto de Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes: durante un máximo de cuatro años desde el primer período en el que la base imponible resulte positiva hasta los tres siguientes, se pasa del 25% actual al 15%.
– Aplazamiento del pago de las deudas tributarias: en la fase inicial, las startups pueden aplazar el pago de la deuda tributaria correspondiente a los dos primeros periodos impositivos en los que la base imponible del impuesto sea positiva.
Una de las novedades de la ley es que las startups han de estar acreditadas por ENISA, que realiza un control previo. Las startups no son solo entidades de nueva creación, sino un novedoso concepto de empresa innovadora que desarrolla nuevos productos o modelos de negocio en el mercado.
Más allá de las novedades fiscales, la ley pretende que “nazcan startups de las universidades, por lo que se contempla a la propia startup como herramienta pedagógica para los estudiantes, con una duración limitada que no podrá exceder los dos cursos escolares y que estará cubierta por un seguro de responsabilidad civil u otra garantía”.
Otro de los aspectos claves de la nueva ley es la importancia de acelerar el proceso burocrático de creación de startups. La ley trata otorga facilidades como la solicitud de licencias temporales en caso de que se opere en sectores regulares, sin necesidad de esperar todo el proceso administrativo.
Fuente: PYMEactual